Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires

La escrituración social es una herramienta que permite acceder al título de propiedad a los sectores de la población con menos recursos y constituye una de las herramientas con las que cuenta el Estado provincial para garantizar el derecho a la vivienda.

La Escribanía General de Gobierno por medio del Programa Provincial de Escrituración permite realizar este trámite de manera totalmente gratuita.

Además es posible proteger las viviendas de embargos o ejecuciones afectando el título de propiedad al Régimen de Protección de la Vivienda.

Para poder llevar adelante este sistema de escrituración la valuación fiscal de la vivienda tiene que ser igual o menor a $160.000 y la del lote igual o menor a $ 70.000.

Teléfonos

(0221) 439-1900
(0221) 421-2175
(0221) 421-1458

Mail

escgral@egg.gba.gov.ar

Requisitos:

1. Original y fotocopia firmados del boleto de compra-venta y sucesiones (en caso de existir).

2. Formulario de autorización del vendedor/a para escriturar de acuerdo a lo establecido por la ley 10.830.

3. Formularios con los datos personales de compradores/as, vendedores/as y apoderados/as.

4. Fotocopia de los D.N.I de compradores/as, vendedores/as y apoderados/as.

5. CUIT/CUIL/CDI según corresponda del comprador/a, vendedor/a y apoderado/a (si hubiese).

6. Fotocopia de la escritura anterior (la que está a nombre del vendedor/a).

7. Certificado de cancelación de deuda expedido por el vendedor/a.

8. Fotocopia del acta de matrimonio o libreta (en caso de estar casado).

9. Sentencia de divorcio (en caso de estarlo).

10. Si el inmueble se ha originado por subdivisión posterior al título de propiedad, presentar una copia del plano y fotocopia de un impuesto de arba o constancia de valuación fiscal.